Laura Esquivel | Staff
El día de ayer en el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, se resolvió una queja, presentada por la Dip. Dulce Alejandra García Morlan en contra de los integrantes del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en Oaxaca, asimismo, la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidista del Partido Acción Nacional resolverá el expediente CVPG/0172021, en ambos casos se trata de los mismos hechos y a que a decir de la agraviada se consideran violencia política contra las mujeres por razón de género.
Quienes integran el Partido Acción Nacional, militantes y dirigentes saben perfectamente que el centro de la acción política debe ser la persona con su correspondiente dignidad y vocación de servicio.
Quien se dice político o política de Acción Nacional se encuentra obligado a servir a los demás, por encima de las propias aspiraciones personales por muy legítimas que sean, esta es la forma para reivindicar la política como la actividad al servicio de los demás a fin de buscar el bien común.
Quien ahora se dice violentada y vulnerada en sus derechos políticos electorales, así como en sus legítimas aspiraciones, hace un lado los postulados de Acción Nacional y borra de su memoria aquel episodio que conjuntamente con otros Diputados y Diputadas confabularon, y atentaron contra la gobernabilidad y estabilidad del Poder Legislativo, para ser más explícitos en contra del H. Congreso del Estado de Oaxaca, y de manera precisa de quien en ese momento y por primera vez al ser mujer ocupaba el cargo de Presidenta de la Junta de Coordinación Política, la C. Dip. Antonia Natividad Díaz Jiménez, quien ahora en su carácter de Presidenta del Comité Directivo Estatal en Oaxaca, nuevamente es señalada de encabezar conjuntamente con las y los integrantes del mencionado instituto político una serie de supuestas omisiones en perjuicio de la antes mencionada.
La falta de sororidad, llevo a la ahora denunciante a buscar mediante los mecanismos legales, quitarse la sanción que la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidista del Consejo Nacional del Partido Acciona Nacional resolvió en el expediente COCN-PS-O5/2017, la cual fue ratificada en las instancias jurisdiccionales en los expedientes JDC/121/2017 y SX-JDC-836/2017, sin duda alguna aquellos hechos, de haberse cometido en la actualidad habrían dado lugar a una sanción consistente muy seguramente en no poder participar en el actual proceso electoral, así como la inscripción en el “Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género”.
En su momento, de manera asertiva, los órganos jurisdiccionales resumieron e identificaron en los siguientes agravios:
a) La inaplicación del artículo 126 de los Estatutos del Partido Acción Nacional, que trae como consecuencia una afectación directa e inmediata a los derechos políticos electorales, el derecho de asociación y la auto organización y autodeterminación del Partido Acción Nacional.
b) La determinación de la autoridad responsable constituye una limitación indebida al derecho de Antonia Natividad Díaz Jiménez, de participar en la integración de los órganos parlamentarios.
c) El Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado, con su actuar consintió un acto discriminatorio hacia Antonia Natividad Díaz Jiménez, por ser mujer y primera presidenta de la Junta de Coordinación Política, lo cual incide en un derecho fundamental.
d) El presidente de la mesa Directiva, con su actuar se apropia o se sustituye de las funciones inherentes a los órganos directivos del Partido Acción Nacional.
Sin duda alguna, en aquella ocasión se puso en riesgo la estabilidad y seguridad jurídica de las y los ciudadanos oaxaqueños, la incertidumbre y la ilegalidad de los actos que fueron celebrados por quien a la postre no le sería reconocido el carácter de Presidente de la Junta de Coordinación Política, en la LXII legislatura al carecer de legitimidad, dieron motivo para que en la LXIII legislatura fueron tomadas las medidas necesarias, a fin de dar legitimidad a los actos administrativos y jurídicos emanados por el pleno del H. Congreso del Estado de Oaxaca.
De Septiembre de 2017 a Mayo de 2019 en el primer periodo como Presidenta del Comité Directivo Estatal de Antonia Natividad Díaz Jiménez, fue parte de la comisión permanente de este Instituto Político.
Acción Nacional, y quienes emanan de dicho instituto político tiene la obligación de guiar sus acciones a partir de los estatutos, reglamentos y plataformas por las que votaron los ciudadanos y ciudadanas, es tarea de todos concretar que por encima de cualquier situación se encuentra la dignidad de la persona humana, en nada abona el surgimiento de quienes se autodenominan excluyentes, ya que son ellos los que se comportan de una manera patrimonial, lo cual es nocivo para el partido.
No se debe olvidar que la capacidad de perdonar y corregir errores nos hace más grandes como personas y como partido.