La “Ley Ingrid” fue aprobada en el Congreso de Oaxaca, que implica reformas en el Código Penal estatal, que exige erradicar la exposición pública o mediática de fotografías o contenido audiovisual explítico de víctimas de algún delito.
El cambio se localiza en la adición de la Fracción VII al artículo 207 de la legislación arriba mecionada. De manera que, aquellos que difundan, compartan o intercambien “imágenes, documentos o audios o videos del lugar de los hechos del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, de cadáveres o partes de ellos”, lo que podría derivar en dos a siete años de prisión y de 30 a 50 días de multa.
La reforma sancionará a los servidores públicos que lleguen a filtrar o muestren publicamente documentación clasificada de alguna investigación en curso, sea cualquier tipo de imagen de mujeres, niñas, niños o adolescentes o de personas que pertenecen a la comunidad LGBTTTIQ.
“Evitar la revictimización y garantizar el respeto a la integridad de las víctimas de violencia de género que se vulnera incluso después de la muerte”, es el eje principal de esta reforma, indicó Hilda Graciela Pérez Luis.