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Bajo un criterio notoriamente machista, los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), Raymundo Wilfrido López Vásquez y Miguel Ángel Ortega Martínez justificaron que el Presidente Municipal de Santa Lucía del Camino, el petista Dante Montaño Montero no haya cumplido con la sanción que se le impuso por ejercer violencia política en razón de género en contra la Regidora de Equidad y Género de esa localidad; a pesar que ha transcurrido un año.
Y validaron que se le restituya la candidatura de la alianza PT-PVEM para que, en el actual proceso electoral, contienda por su reelección en el cargo.
En la sesión del TEEO, ambos magistrados ordenaron al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) que, el 4 de mayo negó el registro de Montaño Montero por está inscrito el “Registro de personas sancionadas en materia de violencia política en razón de género”; se pronuncie nuevamente sobre este asunto.
Pero, en la sentencia del juicio número JDC/153/2021, López Vásquez y Ortega Martínez advirtieron al IEEPCO que el Presidente Municipal de Santa Lucía del Camino sí tiene la presunción de contar con un modo honesto de vivir; a pesar de la sanción por violencia contra una mujer que pesa en su contra.
El argumento de ambos juzgadores hombres es que esta acción constitutiva de delito electoral, fue cometida antes de que entrara en vigor la reforma a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, la cual ahora sanciona con la negativa de registro como candidato o candidata a cualquier aspirante sancionado por cometer violencia política en razón de género.
En esta resolución, los dos magistrados reconocen que Dante Montaño Montero no ha cumplido con las sanciones impuestas en el juicio previo con número JDC/13/2020.
Incluso, el magistrado en funciones, Miguel Ángel Ortega Martínez culpó a la Regidora víctima de que el edil de Santa Lucía del Camino no haya atendido todas las medidas ordenadas para resarcir la violencia política.
“Ella no quiere aceptar el material de oficina que se le quiere proporcionar, ella quiere un material distinto, con una calidad distinta, incluso, propone que este material le sea dado a través de un proveedor distinto al que propone la responsable”, expresó.
En este contexto, ambos magistrados acusaron al IEEPCO de señalar de manera errónea que Montaño Montero no tiene un modo honesto de vivir a raíz de esta sanción.
Por su parte, la magistrada Presidenta del TEEO, Elizabeth Bautista Velasco catalogó como engañosos los argumentos expresados por sus compañeros del Pleno; en consecuencia, voto en contra de esta sentencia.
“No podemos generar falacias en una sentencia, diciendo que una persona que ejerce violencia y la sigue ejerciendo, pues es libre y puede volver a contender”, dijo.
“Lamento que no se juzgue con perspectiva de género y que se justifique a una persona que no ha cumplido con una sentencia, no se cumple a medias, no se cumple una parte, no se justifica a quien ya se sancionó; y nosotros justificar que ya cumplió poquito o que ya cumplió a medias, que todavía le falta; es lamentable”, agregó.
Bautista aclaró a Raymundo Wilfrido López Vásquez y Miguel Ángel Ortega Martínez que esta sentencia va en sentido opuesto a la lucha de miles de mujeres contra la violencia política.
“Estamos siendo aquí incongruentes con todo este trabajo que las mujeres han venido luchando y por las nuevas reformas electorales.”
“No estamos dando este acceso a la justicia y esta protección que, desde mi punto de vista, para lo cual como juzgadores estamos obligados. Tenemos que erradicar la violencia política hacia las mujeres, tenemos que hacer válidos los mecanismos para erradicar la violencia, no podemos justificarla nosotros diciendo que ‘pues igual la actora tiene la culpa o está pidiendo cosas excesivas’, como autoridad estamos obligados a que se cumpla”, añadió.